Tu empresa está amortizando un inmueble adquirido antes del año 2015, y como es lógico aplicabas las tablas vigentes en su momento que para los Elementos Comunes no hacían ningún tipo de distinción entre un edificio o un almacén, siendo el coeficiente máximo aplicable el mismo: 3%.
Como ya sabrás, a partir del año 2015 las tablas de amortización se simplificaron y se eliminaron las especialidades sectoriales, aplicándose una tabla común para todos los sectores. Sin embargo, el concepto de Edificios ha quedado desglosado en cuatro epígrafes diferenciados:
Coeficiente lineal máximo
- Edificios Industriales 3%
- Terrenos dedicados a escombreras 4%
- Almacenes y depósitos 7%
- Edificios comerciales, de servicios y viviendas 2%
Atención, no actúes por inercia.
Los términos “almacén” y “edificio industrial” no están definidos legalmente y según el artículo 12.2 de la Ley General Tributaria, en tanto no se definan por la normativa tributaria los términos empleados en sus normas, se entenderán conforme a su sentido jurídico, técnico o usual, según proceda.
Pues bien, para la DGT es necesario remitirse a su sentido usual para diferenciar entre almacén y edificio industrial (Consulta V2697/2.019).
Ejemplo
Si venías amortizando un edifico destinado a almacenar muebles u otro tipo de mercancías, ahora puedes acelerar la amortización del mismo acogiéndote a la nueva tabla (7% coeficiente anual máximo), consiguiendo con ello reducir el impuesto de sociedades y obtener importantes ahorros financieros.
Como actuar en estos casos
Amortización Lineal. Si estabas amortizando de forma línea deberás actuar de la siguiente forma:
- Calcular el número años de vida útil como si hubieras aplicado el nuevo coeficiente desde el principio
- Amortizar el valor neto contable en dicho número de año, de forma lineal
Ejemplo. Tu empresa adquirió en enero de 2012 un inmueble destinado a almacén cuyo coste amortizable eran 100.000 € y estabas amortizando linealmente según el coeficiente lineal máximo del 3%.
Año Amortización Acumulada VNC
2012 = 3.000 3.000 97.000
2013 = 3.000 6.000 94.000
2014 = 3.000 9.000 91.000
2015 = 3.000 12.000 78.000
2016 = 3.000 15.000 85.000
2017 = 3.000 18.000 82.000
2018 = 3.000 21.000 79.000
Cálculo Amortización 2019
Si hubieras aplicado el coeficiente del 7% desde el inicio, la vida útil del almacén hubiera sido 14,28 años. Por lo tanto, en el 2015, tras haber amortizado los 3 años anteriores, le quedaba de vida útil 11,28 años y un VNC de 91.000 €.
91.000 € / 11,28 años = 8.067,37 €
Podrías aplicar 8.067,37 € de amortización anual hasta la completa amortización del inmueble
2.019 = 8.067,37 29.067,37 49.932,63
Si venías aplicando el incentivo fiscal de amortización acelerada multiplicando por 2 el coeficiente máximo previsto en la tabla podrás continuar aplicándolo del mismo modo.

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