La presunción Iuris Tantum en la valoración de acciones no cotizadas: ¿garantía o trampa?

Piensa en los siguiente:

Tienes unas acciones en una empresa que no cotizan en bolsa. Ya sabes, no son del IBEX 35, pero son tuyas.

Puede que no sean las que sueñan los grandes inversores, pero tienen valor. Y un día decides venderlas. Ahí está el problema. Porque cuando llega el momento de la verdad, la Agencia Tributaria saca su regla mágica del artículo 37.1.b de la LIRPF. Y, ¡sorpresa!, lo que tú creías que valía una cosa… para ellos puede valer otra, o más bien, lo que quieran que valga.

La famosa presunción iuris tantum entra en juego.

Sí, suena elegante en latín, pero lo que en realidad significa es que Hacienda tiene la sartén por el mango. El artículo 37.1.b LIRPF es como ese amigo que siempre quiere tener la razón. ¿Y sabes qué? La tiene… a menos que tú demuestres lo contrario. ¡Qué fácil! ¿Verdad? Pues no tanto.

¿Qué demonios es la presunción iuris tantum?

La presunción iuris tantum es un comodín que Hacienda usa cuando no está segura del valor de tus acciones.

Es como si dijeran: “Oye, vamos a suponer que tus acciones valen mucho más de lo que tú dices, pero si no estás de acuerdo, demuéstrame lo contrario”.

Lo que no te dicen es que para rebatir esa «presunción» necesitarás un ejército de abogados, peritos y pruebas que hagan sudar hasta al juez más duro. Y, como si fuera poco, la AEAT (Agencia Tributaria) parece tener una habilidad especial para ignorar cualquier cosa que tú aportes.

El truco del 20%

El artículo 37.1.b establece que el valor de tus acciones no cotizadas será el mayor de dos cosas: o capitalizas el 20% de los beneficios de los últimos tres ejercicios, o te agarras al valor teórico contable.

¿Sencillo? Para nada.

A veces, tu empresa puede haber tenido un mal año, pero la magia del 20% sigue ahí, obligándote a tributar por más de lo que has ganado.

Hacienda presume que si tú y la otra parte se ponen de acuerdo en un precio más bajo, seguro están tramando algo turbio. Porque claro, ¡cómo te atreves a negociar un precio razonable! Entonces, para evitar que te llamen defraudador por la espalda, lo que realmente debes hacer es sacar la varita de la “justificación”. Y aquí empieza el dolor de cabeza.

¿Cómo se defiende uno ante la “gran” presunción?

Si la AEAT te echa la famosa presunción iuris tantum, tú tienes el derecho de probar que el valor de tus acciones es otro. ¡Qué generosos!

Puedes demostrar que, efectivamente, tus acciones valen lo que dices que valen. ¿Y cómo lo haces? Fácil. Necesitas un perito, una auditoría, un informe económico, un abogado que sepa lo que hace y, si te sientes con suerte, rezar para que la AEAT acepte tus pruebas.

Eso sí, a veces, aunque tú lo pruebes todo, Hacienda puede seguir pensando que tienes algo que esconder. Si no consigues superar su presunción, tendrás que tributar sobre un valor que no refleja la realidad. ¿Resultado? Pagas más de lo que debes por una ganancia que ni siquiera has visto.

¿Garantía o trampa?

La presunción iuris tantum no es una garantía. Es más bien una trampa elegante, en la que si no tienes cuidado, puedes caer.

Porque en teoría, todo se basa en el sentido común: si demuestras que el valor de transmisión es el real, no pasa nada, pero en la práctica, esa prueba puede ser tan costosa.

Es como si fueras al médico con un dolor de cabeza y te dijeran: “Vamos a suponer que te duele porque tienes una enfermedad rara. Si crees que no es eso, tráenos pruebas de lo contrario”. Lo justo sería que el médico investigara, ¿no? Pues aquí no. Aquí la AEAT asume y tú te las arreglas.

Prepárate de antemano

Entonces, ¿qué hacer cuando te enfrentas al artículo 37.1.b de la LIRPF?

Ahora que ya sabes como se las gasta Hacienda, lo primero que debes hacer es estar preparado con antelación.

La presunción iuris tantum es, sin duda, un reto. Si puedes, cuenta con expertos que te ayuden a justificar el valor real de tus acciones. Y segundo, no te desanimes. Aunque la ley parece estar diseñada para ponerte obstáculos, siempre hay formas de defender lo que es justo.

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