Facilitar el pago del impuesto de sucesiones mediante «legados»

Heredar bienes inmuebles puede llegar a convertirse en un auténtico problema. Pensemos por ejemplo en inmuebles singulares, de mucho valor, difíciles de vender, o simplemente en una herencia con muchos inmuebles pero con escasa liquidez. Sin embargo una adecuada planificación mediante “legados” puede ser de mucha ayuda en estos casos.

legado_impuesto sucesiones

DIFERENCIAS HEREDERO-LEGATARIO

Heredero. El heredero sucede a título universal en el conjunto de bienes y derechos del fallecido, junto con el resto de herederos, y responde de las deudas de la herencia

Legatario. El legatario sucede título particular, en unos bienes y derechos determinados, y no responde, en general, de las deudas de la herencia.

PLANIFIQUE MEDIANTE EL USO DE LEGADOS

El legado puede ser una buena herramienta de planificación en ciertos casos.

Ejemplo

Su herencia está compuesta por diversos bienes, la mayoría inmuebles, pero con poca liquidez. Uno de esos bienes es un inmueble que, por sus características, tiene un valor relevante y usted piensa que sus herederos van a pagar un importe elevado en el impuesto de sucesiones por dicho inmueble y con el dinero que obtendrán de la herencia no tendrán la cantidad suficiente para liquidar el impuesto.

Solución: Legado condicional

Usted puede introducir en su testamento un legado condicional con una condición suspensiva. Muestre su voluntad de que la totalidad de sus bienes vayan a sus hijos herederos una vez se haya producido su fallecimiento, excepto dicho inmueble. El legado condicional consistirá en que usted lega el dinero producto de la venta de dicho inmueble caso de que consiga venderse en un plazo, por ejemplo, de 5 años desde su fallecimiento. En el caso de que la venta no se produzca en dicho plazo, sus herederos recibirán el legado del inmueble.

De esta forma, sus herederos recibirán el dinero producto de la venta, o si por el contrario no ha podido materializarse habrá dado tiempo a sus hijos a preparar el pago del impuesto.

La venta del inmueble puede hacerla un albacea, o alguno de los herederos.

Diferimiento

Impuesto de Sucesiones. El devengo se produce en la fecha del fallecimiento, pero el pago del impuesto de sucesiones quedará diferido al momento en que se produzca la condición o desaparezca la limitación. Una vez cumplida la condición suspensiva – venta del inmueble o pasados los 5 años- los legatarios tendrán que hacer un autoliquidación complementario del impuesto de sucesiones para efectuar el pago correspondiente al importe del legado.

Plusvalía municipal. La condición suspensiva también afecta a la plusvalía urbana a pagar por los legatarios al ayuntamiento.

RECUERDE: El uso del legado condicional puede ser una buena solución al pago del impuesto en herencias en las que existen inmuebles pero poca liquidez.

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.